Orden 2810/2008, de 5 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de comedor escolar y se convocan becas de comedor escolar para el curso 2008/2009.
Destinatarios. Serán destinatarios de las ayudas los alumnos escolarizados en Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos o que cursen Educación Infantil en centros privados no vinculados a centros de otro nivel educativo, debidamente autorizados en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Plazo y lugar de presentación de las solicitudes para los padres.Las solicitudes junto con la documentación correspondiente se presentarán en los Centros Escolares donde se encuentren matriculados los alumnos o en el centro donde hayan solicitado plaza como primera opción en el proceso de admisión para el curso correspondiente.
- Centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria públicos y concertados e Institutos de Educación Secundaria, hasta el 20 de junio de 2008, inclusive. (Sólo para Centros que no estén ubicados en el municipio de Madrid)
Escuelas Infantiles de titularidad pública y centros de Educación Infantil privados de toda la Comunidad de Madrid (que no impartan otros niveles superiores de enseñanza), hasta el 20 de junio de 2008, inclusive
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Plazo y lugar de presentación de las solicitudes para los Centros.En el caso de la Modalidad A, las solicitudes recibidas junto con la relación nominal de solicitantes se presentarán en las Direcciones de Área Territorial.
En el caso del resto de Modalidades se remitirán a la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación.
En ambos casos en los tres días hábiles siguientes a su recepción, es decir:
23, 24 y 25 de junio de 2008
Modalidad A (concurrencia competitiva):Podrán solicitar estas becas las familias de los alumnos que no se hallen incluidos entre los destinatarios de las restantes modalidades.
Será requisito indispensable para poder recibir beca de comedor que la renta per cápita anual de la unidad familiar del año 2006 no haya superado los 5.000 euros.
Modalidad B (concesión directa): Podrán solicitar estas becas las familias de los alumnos que hacen uso del transporte escolar y se encuentran escolarizados de oficio en centros concertados por la Administración educativa.
Modalidad C (concesión directa): Podrán solicitar estas becas las familias que sean perceptoras de la Renta Mínima de Inserción.
Acogimiento Familiar (concesión directa): Podrán solicitar estas becas las familias que tengan menores en situación de medida legal de tutela o guarda en acogimiento familiar en cualquiera de las medidas que contempla la legislación vigente (acogimiento familiar simple, permanente o preadoptivo)
Víctimas del terrorismo (concesión directa): Podrán solicitar estas becas los alumnos que, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven, bien para el propio alumno, sus padres, tutores o guardadores legales, daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten para el trabajo habitual.
Cuantía de las becas.
Modalidad A. Podrán ser de 3 tipos, en función de la puntuación obtenida:
265 euros
395 euros
525 euros
Modalidad B: 710 euros
Modalidad C: 710 euros en el caso de alumnos matriculados en centros de educación infantil y primaria o en institutos de educación secundaria y 850 euros en el caso de alumnos matriculados en escuelas de educación infantil.
Acogimiento Familiar: 575 euros
Víctimas del Terrorismo: 525 euros